«Las mujeres no somos máquinas de parir hijos», dice Ángela Robledo
Ángela Robledo, Representante a la Cámara, denunció que pese a lo establecido por la Corte Constitucional (Sentencia C-355 de 2006) frente a la interrupción voluntaria del embarazo, algunas instituciones prestadoras de los servicios de salud no garantizan el acceso de las mujeres a este derecho fundamental, argumentando objeción de conciencia institucional, lo cual atenta, en muchas ocasiones, contra la salud y la vida de las mujeres, va en contravía de la normatividad y niega sus derechos sexuales y reproductivos.
“La objeción de conciencia institucional es un sinsentido conceptual, inconstitucional y una postura irresponsable, y, la objeción de conciencia frente al interrupción voluntaria del embarazo es una postura discutible moralmente y cuestionable en términos políticos, pues desconoce un fallo constitucional y niega tajantemente los derechos, la autonomía y la libertad de las mujeres”, enfatizó la parlamentara
“El Procurador General de la Nación y algunos miembros del Partido Conservador, entre otros, no pueden pretender legislar con el rosario como guía política y legislativa, y, de esa manera, obstaculizar la aplicación de normas públicas y legales por creencias religiosas individuales”.
“Las creencias de cada persona son absolutamente respetables, moral y constitucionalmente hablando. En especial, las creencias religiosas de los funcionarios públicos son respetables y legítimas. Sin embargo, si se trata de generar políticas públicas y transformar las normas formales a partir de esas creencias religiosas esa intención sí es criticable. Pretender que los principios de la religión católica guíen la política y las leyes de un Estado es, por decir lo menos, pretender gobernar con una lógica medieval y abandonar la modernidad y el Estado laico que tantos avances ha tenido en la historia de la humanidad. En sentido estricto, es pasar de una racionalidad constitucional a una dictadura delSanto Oficio”, dijo.
La congresista argumentó que la objeción de conciencia como lo indica su nombre sólo se reconoce a personas naturales “con conciencia” y no a instituciones estatales o personas jurídicas que se rigen por normas y reglas. Por lo tanto no es posible tener clínicas, hospitales, centros de salud, ni públicos ni privados, que presenten objeción de conciencia frente a la práctica de un aborto en las condiciones establecidas por la Corte Constitucional.
Ángela Robledo dijo que no se trata de una mera discusión filosófica o jurídica: “Este tipo de argumentaciones tiene implicaciones prácticas en la vida, la salud y la autonomía y dignidad de las mujeres. No es sólo un asunto de creencias, es un asunto que tiene repercusiones prácticas de los más altos calibres vitales que pasa por una asimetría de poderes en una cultura patriarcal e incide directamente en la democracia».
«Qué mala costumbre la de Colombia en hacer avances mínimos en derechos y libertades, e intentar dar tres pasos atrás inmediatamente”, aseguró Robledo frente a las iniciativas que están en trámite en el Congreso para penalizar el aborto y retroceder los avances de la Corte Constitucional.
Robledo se distanció enfáticamente de la postura del Senador José Darío Salazar del Partido Conservador, quien propuso que las mujeres violadas dieran sus hijos en adopción: “Las mujeres no somos máquinas de parir hijos. No somos un medio para procrear. Somos personas, con fines propios que los deliberamos autónomamente y los decidimos sin imposiciones externas, ejerciendo nuestros derechos reconocidos en el orden constitucional”.
Las declaraciones de la parlamentaria verde se dieron en el marco del Foro el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo y la objeción de conciencia: Alcances, límites y tensiones, convocado por el Grupo de Derecho de Interés Público (G-DIP) de la Universidad de los Andes, Profamilia y la Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres.
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Información Prensa: Margarita Sarmiento. 3202343806